<\/span><\/h2>Y pasando al campo del audiolibro, un contrato de edici\u00f3n en formato audio deber\u00eda incluir toda esa misma informaci\u00f3n, aunque parezca un poco raro con respecto al tema del n\u00ba de ejemplares. <\/p>
La realidad es que una editorial no puede vender para siempre un audiolibro, sino que est\u00e1 sometido a plazos de la misma manera que el libro en papel. <\/p>
Y sometido a unidades vendidas, y a informar de las liquidaciones correspondientes. <\/p>
Por este motivo los audiolibros no suelen ser nada baratos. Hacer un audiolibro es caro, tanto como una tirada de papel. Y las ventas son muy bajas, as\u00ed que no se rentabilizan si no se utilizan plazos muy largos y se intenta reducir al m\u00e1ximo el coste de producci\u00f3n. <\/p>
Eso ha hecho que las editoriales est\u00e9n usando voces clonadas por Inteligencia Artificial para narrar los libros, sobre todos los ensayos. <\/p>
En mi opini\u00f3n, las editoriales deber\u00edan informar de la manera en que har\u00e1n el audiolibro porque la calidad resultante no es la misma. <\/p>
Mi recomendaci\u00f3n es que firmes contratos independientes para el libro en papel y digital por un lado y el audiolibro por otro. <\/p>
Si yo fuera una editorial pedir\u00eda los derechos para audiolibro por 15 a\u00f1os (m\u00e1ximo permitido por ley si no me equivoco). Ahora bien, con exclusividad s\u00f3lo durante los 5 primeros a\u00f1os por ejemplo. <\/p>
Soy un defensor de que el autor controle la difusi\u00f3n de su obra, y una exclusividad de 15 a\u00f1os me parece excesiva. <\/p>
Espero que esta informaci\u00f3n te ayude en tu b\u00fasqueda de editorial.\u00a0<\/p>
Hasta pronto. <\/p>
Ignacio de Miguel<\/p>
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